martes, 31 de enero de 2017

Imputabilidad

Richard Wilhelm

“La inocencia no encuentra protección en la culpabilidad.”
(François de la Rochefoucauld)

En el idioma español la partícula “in,” por provenir del latín, tiene un significado de negación o privación al anteponerse a un sustantivo, si éste comienza con “b” o “p” se convierte en “im.”

La imputabilidad es una propiedad del acto humano. Quien procede sin madurez en su intención, sin libertad o cordura no es responsable de sus actos y queda exento de culpa. Es un tema jurídico pero ligado a lo psicológico.

El estudioso alemán Richard Wilhein (1873-1930) afirma en su obra I Ching, El Libro de las Mutaciones, que “culpa e inocencia se diferencian nítidamente ante los ojos de un juez justo.”

Es discutible poner un límite de edad cronológica a la imputabilidad. El eje de la cuestión pasa por lo ético, el buen obrar, sustentado en valores.

La evaluación psicológica forense ha de hacerse a todo menor de edad que delinque. La eximición de culpa no soslaya la peligrosidad social de quien procede mal y es el juez quien ha de arbitrar los medios eficaces para su corrección.